Se ha aprobado (BOE de 14 de diciembre de 2020) el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2021, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputo de plazos.
Así, son días inhábiles:
a) En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) de este apartado se recogen, especificados por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto.
Para ver el texto completo, pulse el siguiente enlace: BOE 14 DICIEMBRE 2020