Ha sido publicado el Real Decreto Ley 35/2020, de 22 de diciembre, en el que se recogen diversas medidas en materia de arrendamientos, tributarias y de seguridad social.

Tales medidas buscan aliviar la situación de empresas y autónomos, especialmente los relacionados con la actividad turística, hostelera y comercial que evite su cierre como consecuencia de la pandemia del COVID 19.

En materia de arrendamientos, se establece una reducción o moratoria de la renta arrendaticia.

Para reducir los gastos fijos de arrendamiento de las empresas y autónomos de sus obligaciones de pago de renta de locales, cuando su actividad este suspendida o su facturación se vea reducida en un 75%.

A grandes arrendadores (titulares de más de 10 inmuebles o superficie de más de 1.500m2):

Se puede pedir una reducción del 50% de la renta durante el tiempo que dure el estado de alarma, sus prórrogas y cuatro meses más.

O una moratoria durante el mismo tiempo, con devolución fraccionada sin intereses en hasta dos años.

Por ello, es conveniente que las partes lleguen a un acuerdo para modular el pago de las renta.

Al resto de arrendadores:

El arrendatario puede pedir el aplazamiento antes del 31 de enero de 2021. La concesión no es obligatoria para el arrendador, sin embargo se le conceden importantes ventajas fiscales. El arrendador podrá beneficiarse de la fianza que después tendrá que reponer el arrendatario.

Para ampliar la información, no dude en contactar con este despacho.

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