Mediante Real-decreto ley 8/2020 de 17 de marzo, (BOE de 18-03-2020) se aprueban una serie de medidas extraordinarias destinadas a hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Se establecen, entre otras, las siguientes medidas:

  • Carácter preferente del trabajo a distancia, en la medida que la propia actividad económica de la empresa lo permita.
  • Derecho de adaptación del horario y reducción de jornada, cuando la persona trabajadora deba atender a alguno de los familiares (cónyuge o pareja de hecho, o familiares por consanguinidad hasta el segundo grado) afectados como consecuencia directa del COVID-19.
  • Moratoria de la deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual, cuando el conjunto de ingresos de la unidad familiar no supere, con carácter general 3 veces el IPREM.
  • Prestación para trabajadores autónomos por cese o reducción de actividad en, al menos un 75 por ciento.
  • Flexibilización de de los mecanismos previstos para la reducción de jornada y suspensión de contratos por causa de fuerza mayor o por causa económica, con posibilidad de exoneración de las cuotas de la Seguridad Social.
  • Suspensión de plazos de de pagos en materia tributaria.